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El SAS actualiza el proceso de homologación de la Carrera Profesional
14.02.24 | Andalucía
El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía informa de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 14 de febrero de 2024 de la resolución por la que se regula el procedimiento de homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo Profesional acreditados por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud u otras Agencias Administrativas.
Se trata de una actualización de este proceso, que estaba regulado por una resolución ya desfasada de 2008, al actual marco normativo de la Carrera Profesional del SAS tras el Acuerdo de 19 de abril de 2022 que, entre otras novedades, incluía la remuneración del nivel I que hasta la fecha carecía de reconocimiento retribuido, pasando a tener el sistema de carrera/desarrollo profesional 5 niveles todos ellos retribuidos.
Así esta nueva resolución regula el procedimiento de homologación del Nivel de carrera/Desarrollo profesional reconocido en otro Servicio de Salud o en las extintas Agencias Públicas Empresariales Sanitarias del Sistema Sanitario Público de Andalucía cuyas solicitudes se hayan producido antes de su integración como personal estatutario en el SAS, respecto a aquellos profesionales que presten servicios en las distintas categorías de personal estatutario en el Servicio Andaluz de Salud.
SATSE aclara que quienes cumpliendo los requisitos hayan solicitado ya la homologación de un nivel de carrera/desarrollo profesional la publicación de esta resolución no implica tener que volver a solicitarla pues, en caso de hacerlo la nueva solicitud anularía la ya presentada. El SAS confirma que está trabajando en la resolución de todas las peticiones ya presentadas siendo los efectos económicos, una vez reconocida la homologación, desde el día uno del mes siguiente a la solicitud.
Ámbito de aplicación
La resolución que actualiza el procedimiento de homologación es aplicable al personal estatutario o funcionario sanitario local integrado en EBAP, al personal funcionario del cuerpo superior facultativo de instituciones sanitarias de la seguridad social y al personal laboral del Servicio Andaluz de Salud, siempre que se encuentren prestando servicios en centros e instituciones del Servicio Andaluz de Salud. Así mismo serán de aplicación al personal estatutario que obtenga puesto de profesorado con plaza vinculada derivado de la actividad sanitaria realizada en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.
Los profesionales interesados que soliciten la homologación de un nivel de carrera/Desarrollo profesional deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar incluido en el ámbito de aplicación previsto en el punto anterior y estar prestando servicios en el Servicio Andaluz de Salud.
- Tener reconocido en otro Servicio de Salud o Agencia Pública Empresarial el mismo Grado o Nivel del que se solicita la homologación y referido a la misma categoría/o equivalente, y en su caso, especialidad.
Abierto y permanente
El procedimiento para la homologación tendrá carácter abierto y permanente. Los profesionales interesados presentarán su solicitud preferentemente ante la Dirección General de Personal del SAS, a partir del registro telemático de la Junta de Andalucía, a través de internet.
Hasta que no se ultime la presentación por VEC (Ventanilla electrónica de profesionales) de las solicitudes de homologación, se podrán presentar por cualquier forma de registro y preferentemente en el registro telemático de la Junta de Andalucía. Una vez finalizada el proceso de implementación se informará en la página web del SAS, siendo éste el único medio válido para su presentación.
Documentación a aportar
Los interesados deberán aportar certificado expedido por la autoridad competente del servicio de salud de origen o agencia pública empresarial del SSPA y firmado preferentemente de forma digital, donde conste inequívocamente el grado obtenido, categoría y especialidad en su caso, y fecha de efectos administrativos y económicos.
En el caso que a criterio del Servicio Andaluz de Salud, la documentación aportada resultara insuficiente para proceder a la homologación, se requerirá los interesados para que en el plazo de 10 días hábiles, puedan subsanar o mejorar su solicitud.
Equivalencia de niveles
El reconocimiento del grado de carrera acreditado por un profesional en otro servicio de salud, se realizará previa solicitud de los interesados, de manera automática referido a la misma categoría profesional y especialidad o equivalente y en su caso, grupo de titulación.
En el caso que en el Servicio de Salud de origen tenga cuatro niveles o grados de carrera profesional la homologación se realizará: equiparando el primer nivel o grado por el nivel II en el Servicio Andaluz de Salud, el segundo nivel o grado por el nivel III, el tercer nivel o grado por el nivel IV y el cuarto nivel o grado por el nivel V, respectivamente.
El personal estatutario temporal que preste servicios en el Servicio Andaluz de Salud, solo se le homologará hasta el nivel I, independientemente del nivel reconocido en otros Servicios de Salud.
Efectos económicos
Los efectos económicos de la homologación se producirán a partir del día uno del mes siguiente a la solicitud, tras la correspondiente resolución dictada por la Dirección General de Personal. Los efectos administrativos de la resolución de homologación tendrán la misma fecha que el reconocimiento del Grado o Nivel en el Servicio de Salud de origen.
La entrada en vigor de esta nueva normativa es a partir del primer día hábil posterior al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En caso de dudas o de necesitar más información sobre este proceso consulta el documento adjunto o acude a tu delegado/a sindical o sede provincial de SATSE.
Resolución Homologación Carrera Profesional SAS
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