Instrucciones sobre tomas de posesión en el Concurso de Traslados del SAS
En próximas fechas va a procederse a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las distintas resoluciones de la Dirección General de Personal por las que se resuelven definitivamente los concursos de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de distintas categorías dependientes del Servicio Andaluz de Salud.
Tanto durante el plazo posesorio, como en el momento de la toma de posesión, pueden darse situaciones que hagan diferir el cese o la toma de posesión de las plazas adjudicadas. Asimismo, el personal adjudicatario puede solicitar que les sea concedida alguna situación administrativa que les exima de la prestación efectiva de servicios tras su toma de posesión. En consecuencia, al objeto de homogeneizar tanto los procedimientos de cese como de toma de posesión, así como las distintas situaciones que pueden darse en el momento de hacerlos efectivos, el SAS ha publicado unas instrucciones de las que SATSE te detalla alguno de los aspectos principales:
Plazos
El CESE en la plaza de origen deberá producirse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la publicación en el B.O.J.A de la Resolución de la Dirección General de Personal por la que se aprueba la resolución definitiva del concurso de traslado para la provisión de plazas de la categoría correspondiente, o de la fecha que se establezca en la resolución.
En el caso de que el personal se encuentre disfrutando de algún permiso, licencia o de las vacaciones reglamentarias, el cómputo del plazo para el cese se contará a partir de la finalización de dicho permiso, licencia o periodo vacacional, salvo que por causas justificadas deba suspenderse el disfrute de los mismos.
La TOMA DE POSESIÓN en la nueva plaza deberá producirse:
- Si la plaza de origen y la de destino son de la misma localidad o Área de Salud, dentro de los 3 días hábiles siguientes al del cese en la plaza de origen.
- Si la plaza de origen y la de destino son de diferente Área de Salud, dentro de los 10 días hábiles siguientes al del cese en la plaza de origen.
- Si la plaza de origen es de un Servicio de Salud distinto, en el plazo de un mes desde el cese en la plaza de origen.
- En el caso de reingreso al servicio activo el plazo será de un mes a contar desde la publicación de la citada Resolución, o de la fecha que se establezca en la Resolución.
- Si así lo permiten las necesidades del servicio y a petición de la persona interesada ante la Dirección General de Personal, los plazos a que se refiere el párrafo anterior podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.
A los efectos de un correcto cómputo de estos plazos, se hace necesario señalar, lo establecido en el artículo 30 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos”.
Las instrucciones regulan también las situaciones que pueden darse en el momento de la toma de posesión, tales como Excedencia por cuidado de familiares; Excedencia por prestación de servicios en el sector público, o Servicios especiales; Promoción Interna Temporal; Cargo Intermedio; Permiso por maternidad o paternidad; Incapacidad Temporal o Procedimiento Disciplinario. Consulta el documento adjunto para cada uno de estos supuestos.
Régimen de desplazamientos
De igual forma, las instrucciones especifican el régimen de desplazamientos del personal temporal como consecuencia de la incorporación de personal adjudicatario de las plazas a través de concurso de traslado. El orden que se seguirá en los desplazamientos para el personal de la categoría en la misma Zona Básica de Salud, Dispositivo de Apoyo de Atención Primaria o Área Hospitalaria, será el siguiente:
a) El personal que se encontrara en situación de Reingreso provisional con anterioridad a la Resolución de la Dirección General por la que se convoca el concurso en la correspondiente categoría, comenzando por el que menos tiempo lleve en el desempeño de la plaza ocupada con carácter provisional.
b) Las Comisiones de Servicio, comenzando por el que menos tiempo lleve en dicha situación provisional.
c) El personal interino con menor tiempo de servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud, o Centros Sanitarios Públicos de otros países de la Unión Europea en la categoría y/o especialidad objeto del concurso.
d) El personal estatutario que en situación especial en activo o en desempeño de funciones mediante Promoción Interna Temporal, comenzando por los que lleven menos tiempo de servicios prestados en la categoría que actualmente desempeña con carácter temporal o provisional.
En caso de dudas o de necesitar más información, consulta las instrucciones completas en el archivo adjunto o acude a tu delegado/a sindical o Secretaría Provincial del Sindicato de Enfermería, SATSE.