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Publicado en BOJA el acuerdo con las medidas retributivas a favor de los sanitarios andaluces por su esfuerzo frente al Covid-19

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de 10 de agosto de 2020, ha publicado el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban medidas en materia de retribución y reconocimiento de jornadas de dedicación extraordinaria con motivo de la pandemia del Covid-19 para los profesionales de la Sanidad andaluza. SATSE recuerda su oposición a este acuerdo por ser insuficiente y no reconocer las principales demandas de las enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas.

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía informa de la publicación en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de 10 de agosto de 2020, ha publicado el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban medidas en materia de retribución y reconocimiento de jornadas de dedicación extraordinaria con motivo de la pandemia del Covid-19 para los profesionales de la Sanidad andaluza. El acuerdo contó con el rechazo mayoritario de la Mesa Sectorial de Sanidad donde fue presentado sin ni siquiera ha llegado a negociarse.

Los principales puntos que recoge son los siguientes:

Paga Covid
Antes del 30 de septiembre se retribuirá, por una sola vez, en concepto de productividad, por haber estado al frente de la pandemia y contribuido a su control a los trabajadores que hayan desarrollado su labor durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y 30 de junio, y que hayan trabajado al menos tres meses en el citado periodo, vendrán a percibir:

a) Personal estatutario, la retribución equivalente al veinte por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, por una sola vez.

b) Personal con relación laboral de carácter especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud (EIR), la retribución equivalente al quince por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, por una sola vez.

c) Personal vinculado, la retribución equivalente al diez por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, por una sola vez.

GRUPO IMPORTE
A1 796,41 €
A2 700,31 €
C1 536,37 €
C2 454,64 €
E 416,65 €

Personal EIR

GRUPO IMPORTE
A1 597,30 €
A2 525,24 €

Estas cantidades son para profesionales que entre el 1 de marzo y 30 de junio de 2020 hayan trabajado 91 días. En el caso de que  los servicios prestados en el periodo sean inferiores a estos tres meses percibirán la parte proporcional equivalente de esta retribución, por una sola vez.

En el caso del personal de las Agencias Públicas Sanitarias, el acuerdo publicado en BOJA indica que esta paga será por una sola vez, igualmente en un solo pago y de una cuantía equivalente al diez por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, o la parte proporcional para aquellos que hayan trabajo menos de esos tres meses durante dicho periodo. SATSE ya ha denunciado la discriminación que supone para el personal de las Agencias esta medida y se está negociando a nivel de los comités de los centros para que la retribución sea equivalente a la del SAS.

 Otras medidas retributivas:

a) Modificar las cuantías del valor hora de Jornada Complementaria que queda fijado en las siguientes cuantías:

Julio 2020

COMPLEMENTO ATENCION CONTINUADA: JORNADA COMPLEMENTARIA
(CUANTÍA EUROS/HORA)
  LUNES A VIERNES SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS FESTIVOS ESPECIALES
 P.
 FÍSICA
S. LOCAL.  P.
 FÍSICA
S. LOCAL.  P.
 FÍSICA
S. LOCAL.
F.E.A. 22,43 11,22 24,60 12,30 44,86 22,43
JEFE DE GUARDIA CON FUNCION ASISTENCIAL 33,65 0,00 36,90 0,00 67,29 0,00
MÉDICOS DE FAMILIA DE EBAP 22,43 11,22 24,60 12,30 44,86 22,43
MÉDICOS FAMILIA DE SCCU Y DCCU 22,43 11,22 24,60 12,30 44,86 22,43
PEDIATRAS EBAP 22,43 11,22 24,60 12,30 44,86 22,43
             
ENFERMERAS EBAP 14,58 7,29 15,98 7,99 29,16 14,58
ENFERMERAS DCCU 14,58 7,29 15,98 7,99 29,16 14,58
ENFERMERAS (SERV. HEMOD., PERF., HISTOC. Y RAD. INTERVEN.) 14,58 7,29 15,98 7,99 29,16 14,58
TCO. ESP. (SERV. HEMOD., PERF., HISTOC. Y RAD. INTERVEN.) 14,58 7,29 15,98 7,99 29,16 14,58
AUX. ENF. (SERV. HEMOD., PERF., HISTOC. Y RAD. INTERVEN.) 9,48 4,74 10,39 5,20 18,96 9,48
             
INGENIERO TCO. INDUSTRIAL 14,58 7,29 15,98 7,99 29,16 14,58
MAESTRO INDUSTRIAL 14,58 7,29 15,98 7,99 29,16 14,58
             
TCO. SALUD DE ATENCION PRIMARIA   11,22   12,30   22,43
             
* Precio hora de la Jornada Complementaria en Zonas de especial aislamiento y dificultad de cobertura y en los centros de Atención Primaria con refuerzos de temporada (Junio a Octubre) y de temporada invernal de apertura de la estación de esquí de Sierra Nevada.
GRUPO A1 * 26,92 13,46 29,52 14,76 53,83 26,92
GRUPO A2 * 17,50 8,75 19,18 9,59 34,99 17,50

Enero 2022

COMPLEMENTO ATENCIÓN CONTINUADA: JORNADA COMPLEMENTARIA
(CUANTÍA EUROS/HORA)
  LUNES A VIERNES SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS FESTIVOS ESPECIALES
 P.
 FÍSICA
S. LOCAL.  P.
 FÍSICA
S. LOCAL.  P.
 FÍSICA
S. LOCAL.
F.E.A. 24,43 12,22 26,60 13,30 48,86 24,43
JEFE DE GUARDIA CON FUNCION ASISTENCIAL 36,65 0,00 39,90 0,00 73,29 0,00
MÉDICOS DE FAMILIA DE EBAP 24,43 12,22 26,60 13,30 48,86 24,43
MÉDICOS FAMILIA DE SCCU Y DCCU 24,43 12,22 26,60 13,30 48,86 24,43
PEDIATRAS EBAP 24,43 12,22 26,60 13,30 48,86 24,43
             
ENFERMERAS EBAP 15,89 7,95 17,29 8,65 31,78 15,89
ENFERMERAS DCCU 15,89 7,95 17,29 8,65 31,78 15,89
ENFERMERAS (SERV. HEMOD., PERF., HISTOC. Y RAD. INTERVEN.) 15,89 7,95 17,29 8,65 31,78 15,89
 TCO. ESP.
 (SERV. HEMOD., PERF., HISTOC. Y RAD. INTERVEN.)
10,26 5,13 11,17 5,59 20,52 10,26
 AUX. ENF. (
 SERV. HEMOD., PERF., HISTOC. Y RAD. INTERVEN.)
10,26 5,13 11,17 5,59 20,52 10,26
             
INGENIERO TCO. INDUSTRIAL 15,89 7,95 17,29 8,65 31,78 15,89
MAESTRO INDUSTRIAL 15,89 7,95 17,29 8,65 31,78 15,89
             
TCO. SALUD DE ATENCION PRIMARIA   12,22   13,30   24,43
             
* Precio hora de la Jornada Complementaria en Zonas de especial aislamiento y dificultad de cobertura y en los centros de Atención Primaria con refuerzos de temporada (junio a octubre) y de temporada invernal de apertura de la estación de esquí de Sierra Nevada.
GRUPO A1 * 29,32 14,66 31,92 15,96 58,63 29,32
GRUPO A2 * 19,07 9,53 20,75 10,37 38,14 19,07

b) Modificar las cuantías correspondientes al complemento de atención continuada personal no facultativo modalidad «A», que queda fijado en las siguientes cuantías:

CPTO. ATENCIÓN CONTINUADA PERSONAL NO FACULTATIVO 
MODALIDAD «A».   VALOR EUROS/HORA 
Nº horas mensuales en turno semanal de noche GRUPO * ene-20 jul-20 ene-22
1º) Hasta 70 horas y más de 140 horas  B (A2) 3,95 4,06 4,17
C (C1) 3,18 3,2 3,21
D-E (C2-E) 2,78 2,82 2,85
2º) Entre 71 y 140 horas  B (A2) 2,45 2,48 2,51
C (C1) 2,38 2,41 2,44
D-E (C2-E) 2,33 2,36 2,38

c) Modificar las cuantías correspondientes al complemento de atención continuada personal no facultativo modalidad «B» que queda fijado en las siguientes cuantías:

MODALIDAD «B»
DOMINGOS Y FESTIVOS 
GRUPO FEST. NORMALES FEST. ESPECIALES*
ene-20 jul-20 ene-22 ene-20 jul-20 ene-22
B (A2) 7,86 8,08 8,29 15,72 16,16 16,58
C (C1) 6,24 6,49 6,73 12,48 12,98 13,46
D-E (C2-E) 5,65 5,86 6,07 11,3 11,72 12,14

d) Modificar las cuantías correspondientes al complemento de atención continuada por turnicidad, que queda fijado en las siguientes cuantías:

CPTO. AT. CONTINUADA POR TURNICIDAD (M-T-N)
  Cuantía mensual euros
GRUPO ene-20 jul-20 ene-22
B (A2) 88,1 97,21 106,33
C (C1) 62,16 64,47 66,77
D-E (C2-E) 48,51 50,3 52,1

Nómina del personal interino

Se recupera la normalidad en la cadencia de los pagos al personal interino para ello en la nómina normal del mes de septiembre la totalidad de los profesionales que ostenten nombramiento como personal interino pasarán a percibir sus retribuciones en la nómina normal del mes correspondiente.

Compensación con vacaciones

Los profesionales que han estado trabajando durante el período de pandemia, en puestos relacionados directa o indirectamente con la gestión contra el COVID, recibirán una compensación en forma de descanso de un día de libre disposición por mes trabajado (máximo 4 días). El disfrute ha de realizarse antes del 31 de enero de 2021.

Medidas insuficientes

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía ya ha calificado como absolutamente insuficientes las medidas en materia de retribución y reconocimiento de jornadas de dedicación extraordinaria con motivo de la pandemia del Covid-19 aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para los trabajadores de la Sanidad Pública andaluza.

Además, con este acuerdo se ha consumado la perversa maniobra del Consejero de Salud Jesús Aguirre para en un alarde de rancio corporativismo y apetencia por la Sanidad Privada, subir el salario a miles de Médicos en Andalucía en unos 850 euros al mes, por trabajar en dos sitios a la vez, es decir tienen un puesto de trabajo en la Sanidad Pública y otro en la Sanidad Privada.

SATSE recuerda que ya rechazó estas medidas en Mesa Sectorial de Sanidad al considerarlas escasas, incompletas y discriminatorias para los enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas, motivo por el que insta a la Administración Sanitaria a continuar negociando y mantiene su intención de convocar huelga tras el verano.

Leer más>> SATSE considera insuficientes las medidas retributivas aprobadas por la Junta de Andalucía para los sanitarios

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