Noticias
Politica sanitaria
Permisos laborales para facilitar la participación en las Elecciones Andaluzas 2026
27.04.26 | Andalucía
Se ha publicado en BOJA el decreto por el que se dictan normas para facilitar la participación de las personas trabajadoras por cuenta ajena y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias en las elecciones de diputados y diputadas al Parlamento de Andalucía, que se celebrarán el próximo 17 de mayo de 2026.
La norma, explica SATSE, es de aplicación tanto a las personas trabajadoras por cuenta ajena como al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias que tengan la condición de electores y electoras y cuya jornada laboral coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los colegios electorales.
Cuando la jornada laboral del personal coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, este tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:
- Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
- Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
- Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
- Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Voto por correo
Las personas citadas anteriormente que presten sus servicios lejos de su domicilio o residencia habitual o en otras condiciones de las que se derive dificultad para ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones y opten por ejercitar el derecho al voto por correspondencia, tendrán derecho a los permisos establecidos para formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo electoral, así como para la remisión del voto por correo, entendiéndose, en este caso, que la coincidencia de jornada que se menciona en el artículo precedente se referirá al horario de apertura de las oficinas del Servicio de Correos.
Estos permisos deberán ser otorgados con la antelación suficiente.
Miembros de la Mesa Electoral
Por otra parte, aquellas personas que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o Interventor o Interventora de Mesa Electoral, si el día de la votación fuera laboral para las mismas, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso. Igualmente, tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 18 de mayo de 2026, siempre que justifiquen su actuación como tales.
Si alguna de las personas hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la persona responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligada a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.
Asimismo, los Apoderados y Apoderadas, si el día de la votación fuera laboral para los mismos, tendrán derecho, a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación.
Personal que figure como candidato o candidata
El personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias que se presente como candidato o candidata en el proceso electoral a que se refiere el presente decreto podrá, previa solicitud, ser dispensado, durante el tiempo de duración de la campaña electoral, de la prestación del servicio en sus respectivas Unidades, al constituir un deber inexcusable de carácter público reconocido por Ley.
Dicho permiso será otorgado por la persona titular de la Viceconsejería correspondiente o, en su caso, por la autoridad que tenga atribuidas las competencias en materia de personal, o la autoridad que proceda si la competencia estuviera delegada.
Te puede interesar
26.02.26 | Andalucía
El SAS convoca de forma oficial la nueva Bolsa de Empleo
09.04.26 | Andalucía