Igualdad

SATSE pide al SAS la exención de guardias sin perjuicio económico para las sanitarias en periodo de lactancia

Las trabajadoras sanitarias en lactancia tienen derecho a no realizar guardias durante los 12 primeros meses del bebé, sin perder retribuciones, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo.
Lactancia

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía ha instado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a aplicar de manera inmediata y homogénea en todos sus centros la reciente Sentencia del Tribunal Supremo que reconoce a las trabajadoras sanitarias en lactancia su derecho a no realizar guardias durante los 12 primeros meses del bebé, sin perder retribuciones.

En concreto, el fallo del Supremo analizado por SATSE, reconoce el derecho de las profesionales sanitarias en periodo de lactancia natural a ser dispensadas de la realización de guardias de atención continuada durante los doce primeros meses de vida del hijo o hija, sin que ello suponga merma económica alguna en sus retribuciones. 

El Alto Tribunal fundamenta esta decisión en la inexistencia de una evaluación específica de riesgos laborales que analice el impacto de las jornadas prolongadas, la nocturnidad y la fatiga sobre la lactancia, así como en la constatación de que dichas condiciones pueden afectar negativamente tanto a la salud de la madre como a la del bebé. 

Discriminación

Así, según detalla el Sindicato de Enfermería, la sentencia del Supremo establece que debe mantenerse la percepción del complemento de atención continuada conforme al promedio del año anterior al nacimiento, garantizando así la plena protección del derecho de lactancia.

En esta línea, el Tribunal Supremo considera que la no adopción de estas medidas supondría un trato desfavorable vinculado a la lactancia natural, constitutivo de una discriminación directa por razón de sexo, contraria a la Constitución Española, a la normativa sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres, a la legislación en materia de igualdad de trato y no discriminación y a la normativa europea de protección de la maternidad y la lactancia

Ante esta situación, aunque el fallo no se refiere a Andalucía, desde la organización sindical estiman que es de aplicación para cualquier servicio sanitario, motivo por el que han demandado al SAS adapte de inmediato su organización laboral y sus criterios retributivos para garantizar a todas las profesionales el ejercicio real y efectivo de este derecho, evitando cualquier disparidad entre centros o unidades y protegiendo la igualdad de trato dentro del sistema sanitario público.

SATSE ha preparado un modelo de reclamación para que las profesionales afectadas puedan pedir al SAS oficialmente no realizar guardias y conservar íntegro el complemento de atención continuada

Con el objetivo de asegurar que ninguna profesional quede desprotegida, el Sindicato de Enfermería ha elaborado un modelo de reclamación para que todas las trabajadoras afectadas puedan solicitar formalmente la exención de guardias y el mantenimiento íntegro del complemento de atención continuada en aplicación del criterio del Supremo.

SATSE Andalucía reitera con esta iniciativa su compromiso de defender los derechos laborales y de salud de las profesionales sanitarias, sí como de velar por el cumplimiento efectivo de esta sentencia en la Sanidad Pública andaluza asegurando que ninguna madre tenga que elegir entre su salud, la de su bebé y su salario.

Por este motivo, acude a tu sección sindical o sede provincial de SATSE en Andalucía si necesitas asesoramiento en esta materia o necesitas ayuda para tramitar una reclamación.