Laboral
Publicada la Orden de integración del personal de las Agencias Públicas Sanitarias
El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía informa de la publicación en BOJA de 26 de julio de 2023 de la Orden por la que se establece el procedimiento de integración directa del personal laboral fijo en el régimen estatutario del Servicio Andaluz de Salud y se adoptan determinadas medidas respecto al personal laboral temporal, procedente de las Agencias Públicas Empresariales.
La orden en cuestión tiene por objeto establecer el procedimiento para la integración directa, en la condición de personal estatutario fijo, con carácter voluntario, del personal laboral fijo, sanitario y no sanitario, que figura en los Anexos de la Orden de 29 de junio de 2022, por la que se hace público el listado de personal de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias en liquidación, que se ha incorporado en el Servicio Andaluz de Salud a 31 de diciembre de 2021.
Por otra parte, los requisitos de integración previstos deberán cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes establecido y mantenerse hasta la fecha en que se produzca la integración como personal estatutario (consulta en la Orden dichos requisitos).
En cuanto al procedimiento de la solicitud de integración en la categoría correspondiente se presentará electrónicamente en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución que inicie el procedimiento. Dicha solicitud se realizará a través de la Ventanilla Electrónica de Profesionales en la página web del Servicio Andaluz de Salud, en la dirección electrónica https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales cumplimentando el formulario electrónico disponible en esa dirección.
La firma y presentación de la solicitud producirá su recepción automática en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, el justificante previsto en el artículo 26.5 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, por el que se regula la Administración electrónica, la simplificación de procedimientos y la racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta conforme a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de dicha ley.
La resolución que apruebe los listados provisionales se dictará en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Finalmente, y tras los listados definitivos, la resolución del procedimiento de integración se notificará electrónicamente a cada persona interesada su nombramiento como personal estatutario. El citado nombramiento tendrá efectos desde el día previsto en dicha resolución.
El personal integrado en el régimen estatutario del Servicio Andaluz de Salud mantendrá la antigüedad que tuviera reconocida con anterioridad a la integración, que se retribuirá en las mismas cuantías vigentes a la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.