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SATSE gana sentencias que indemnizan a enfermeras del Costa del Sol por el solape
22.06.23 | Málaga
El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Málaga ha conseguido varias sentencias que obligan a la Agencia Pública Sanitaria Hospital Costa del Sol, actualmente dependiente del Servicio Andaluz de Salud (SAS), a indemnizar a enfermeras de esta entidad por el tiempo dedicado a la continuidad asistencial (solape), es decir el tiempo que emplean por encima de su jornada laboral a transmitir información sobre los pacientes a los compañeros que les relevan en el turno.
En este sentido, SATSE explica que en octubre de 2017 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Social de Málaga, ratificada posteriormente en 2018 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por Conflicto Colectivo, por la cual se estimó la demanda interpuesta por el sindicato frente a la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, en el sentido de otorgar el derecho a las enfermeras y enfermeros que prestan servicios en la entidad demandada a serle reconocido como tiempo efectivo de trabajo aquel que utilizan para transmitir la información en el cambio de turno (continuidad asistencial) relativa a los pacientes.
Sin embargo, el Sindicato de Enfermería denuncia que la Dirección de la Agencia Costa del Sol ha incumplido de forma sistemática la sentencia que reconocía el solape y el posterior acuerdo de 2021 para su remuneración a los profesionales, obligándolos a acudir a los tribunales para reclamar su compensación, fijada en dicho acuerdo en 5,5 euros por turno de trabajo realizado con carácter retroactivo desde la fecha de la sentencia de 2018.
Varias sentencias ganadas por SATSE
Así SATSE Málaga ha ganado recientemente varias sentencias de enfermeras que reconocen a enfermeras de la Agencia Hospital Costa del Sol el derecho a percibir las cantidades que por este concepto no se les han abonado ya que se considera como tiempo efectivamente trabajado.
Como ejemplo, SATSE cita la última sentencia, de 19 de junio de 2023, en la que se condena al Servicio Andaluz de Salud a abonar a una enfermera del Costa del Sol 3.580,50 euros por los turnos realizados por esta trabajadora entre los años 2018, fecha de la sentencia del TSJA, y 2021, cuando se firma el acuerdo con la Agencia. El fallo judicial, en este caso del Juzgado de lo Social de Málaga, condena además a la empresa al pago de un 10 por ciento adicional (358,05 euros) en concepto de indemnización por retraso en el pago.
El Sindicato de Enfermería ha mostrado su satisfacción por las sentencias ya que se trata de una reivindicación histórica del sindicato y de los profesionales de Enfermería ya que se viene a reconocer como tiempo efectivo de trabajo aquel para transmitir la información en el cambio de turno relativa a los pacientes para garantizar la continuidad asistencial y condena a la empresa a compensar a los profesionales.
Por el contrario, la organización sindical lamenta que, una vez más, los profesionales se vean obligados a acudir a los tribunales para el reconocimiento de sus derechos ante la vulneración sistemática por parte de la Administración. Por eso el Sindicato de Enfermería apremia al SAS para que adopte las medidas necesarias para compensar a los profesionales por el trabajo ya realizado en concepto de solape y abonarles las cantidades que corresponden en base a los criterios establecidos en estas sentencias.
El Sindicato de Enfermería recuerda que el ‘solape de jornada’ es el tiempo de trabajo que una enfermera o enfermero dedica, fuera de su jornada laboral, a facilitar al compañero o compañera que le releva información clínica y de cuidados fundamental y trascendente sobre la evolución de todos sus pacientes. Unos datos que, de igual manera, recibe cuando entra a trabajar por parte del profesional que le ha precedido en el turno anterior y que es fundamental para garantizar la continuidad asistencial y por tanto la seguridad del paciente.
Andalucía es junto con Asturias, Cataluña, Castilla-La Mancha y Galicia de las comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla, que siguen sin reconocer el ‘solape de jornada’ como tiempo de trabajo a pesar de que ya en el año 2000 se inició el reconocimiento de este derecho laboral en el resto de autonomías y de contar con diversas sentencias que avalan esta petición en el ámbito andaluz.
Departamento de Comunicación
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