Laboral

Una sentencia obliga al SAS a pagar el CRP a una enfermera a la que negó el cobro pese a trabajar durante dos años completos

Ganada por la asesoría jurídica de SATSE en Córdoba, la sentencia considera injustificado que el SAS excluya del CRP a Profesionales temporales que trabajan todo el año por no haber permanecido cuatro meses consecutivos en un mismo destino.
Sanitario coge dinero

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Córdoba ha conseguido una importante sentencia judicial frente al Servicio Andaluz de Salud (SAS) que reconoce el derecho de una enfermera a percibir el Complemento al Rendimiento Profesional (CRP) correspondiente a los ejercicios 2023 y 2024, después de que la Administración le negara este complemento pese a haber trabajado durante ambos años para el sistema sanitario público andaluz.

Según SATSE la sentencia viene a reconocer el trabajo del personal de enfermería eventual que habitualmente cambia de centro, de servicio y de turnos de trabajo, con un gran esfuerzo de adaptación a entornos laborales cambiantes.

La profesional prestó servicios como Enfermera durante los años reclamados en distintos centros del SAS, concretamente en el Hospital de Écija y en el Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba. Sin embargo, la Administración rechazó abonarle el CRP porque no cumplía el requisito de haber permanecido al menos cuatro meses consecutivos en un mismo centro y categoría.

En la práctica, esta situación provocó que una profesional que trabajó durante todo el año para el SAS, contribuyendo a la actividad asistencial de distintos centros sanitarios, quedara excluida del cobro del complemento de productividad debido a la forma en que se distribuyeron sus nombramientos.

La sentencia, obtenida por los servicios jurídicos de SATSE Córdoba, estima íntegramente la demanda y reconoce el derecho de la enfermera a percibir la cantidad que proporcionalmente le corresponda por los periodos trabajados durante 2023 y 2024 en cada uno de los centros donde prestó servicio.

Criterio injusto

Para SATSE Córdoba, el fallo pone de manifiesto las consecuencias que tiene la aplicación del criterio fijado por el SAS para el acceso al CRP. En este caso, la profesional trabajó para el Servicio Andaluz de Salud durante los ejercicios 2023 y 2024 en distintos centros sanitarios, pero no pudo acceder al complemento porque no alcanzó el requisito de haber permanecido cuatro meses consecutivos en un mismo centro y categoría, pese a haber prestado servicios y contribuido a la actividad asistencial durante todo ese periodo.

La resolución judicial considera que este criterio genera una diferencia de trato injustificada y recuerda que el trabajo efectivamente realizado debe ser tenido en cuenta a la hora de determinar el derecho a percibir el complemento.

Desde SATSE Córdoba se destaca que esta situación no afecta únicamente al caso concreto de la demandante. Son numerosos los profesionales temporales que trabajan a lo largo del año para el SAS en distintos centros o unidades y que posteriormente encuentran dificultades para acceder al cobro de determinados conceptos retributivos debido a los requisitos establecidos por la Administración.

"Esta sentencia desmonta un criterio que carece de sentido para los profesionales. No se puede afirmar que una enfermera ha contribuido durante todo el año al funcionamiento de la sanidad pública y, a la vez, excluirla del complemento que retribuye precisamente esa contribución. El trabajo realizado existe y debe ser reconocido", denuncia SATSE Córdoba.

El sindicato considera especialmente preocupante que los profesionales tengan que acudir a los tribunales para obtener el reconocimiento de unos derechos que ya están siendo avalados por distintas resoluciones judiciales. Por ello, exige al Servicio Andaluz de Salud que revise este criterio y adapte sus actuaciones a la doctrina que vienen estableciendo los juzgados.

Asimismo, SATSE Córdoba anima a los profesionales que puedan encontrarse en situaciones similares a informarse y reclamar las cantidades que les correspondan.

"Lo que esta sentencia viene a decir es muy sencillo: si un profesional ha trabajado, ha participado en la actividad asistencial y ha contribuido a la consecución de los objetivos del sistema sanitario, ese trabajo debe ser reconocido. No puede quedar sin retribución por la única circunstancia de no haber permanecido cuatro meses consecutivos en un mismo destino", concluye SATSE Córdoba.