Notas de prensa

Laboral

La justicia tumba al SAS por discriminar a un enfermero temporal y obliga a abonarle la productividad que le negaba

Un juzgado de Córdoba reconoce que un enfermero eventual del Reina Sofía tiene derecho a cobrar el CRP de 2024 aunque no cumpliera el requisito de cuatro meses consecutivos en una Unidad. SATSE sostiene que esta sentencia permitirá miles de reclamaciones, pues el SAS discrimina al personal temporal y vulnera la igualdad.

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Córdoba ha valorado como “un varapalo jurídico de enorme calado” la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Córdoba, que ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por discriminar a un enfermero eventual al negarle el Complemento de Rendimiento Profesional (CRP) correspondiente al año 2024.

La resolución judicial, de fecha 7 de enero de 2026, declara nula la resolución del director Gerente del Hospital Universitario Reina Sofía que rechazó el pago de la productividad a un enfermero que había trabajado más de siete meses en el mismo hospital, trabajo que desempeñó en distintos servicios y con contratos sucesivos.

El SAS alegaba que el profesional no había estado cuatro meses consecutivos en la misma Unidad, un requisito que la normativa impone únicamente al personal temporal. Sin embargo, el juzgado ha sido tajante: “esa exigencia es discriminatoria y carece de justificación objetiva”, ya que al personal fijo no se le exige ese requisito para cobrar la parte proporcional del CRP.

Según SATSE, se trata de un profesional de enfermería que encadenó 12 contratos en 2024 en el SAS, siete meses y 29 días en Reina Sofía, mes y medio en el Hospital de Écija, un mes y quince días en el hospital de Montilla y un mes en el Distrito Córdoba, lo cual supone un esfuerzo adicional del enfermero de adaptación a cada unidad y centro. Pese a lo cual el SAS pretendía no abonar este concepto retributivo.

Según recoge la sentencia, el complemento de productividad tiene por finalidad retribuir el rendimiento, la dedicación y la contribución a los objetivos del centro, y no puede negarse a quien ha trabajado durante meses en el mismo hospital por el simple hecho de encadenar contratos temporales.

El juez recuerda que el profesional prestó servicios en el Hospital Reina Sofía durante más de seis meses y medio en 2024, dentro del mismo centro y en la misma categoría, participando como cualquier otro profesional en la actividad asistencial y en la consecución de los objetivos del hospital. Pese a ello, el SAS le negó “ni siquiera la parte proporcional” de la productividad, algo que sí se reconoce a personal fijo que cambia de Unidad, se jubila a mitad de año o tiene contrato a tiempo parcial.

Discriminación hacia el personal temporal

Para SATSE, esta sentencia confirma lo que el Sindicato viene denunciando desde hace años, y es que el SAS utiliza el sistema de productividad como una herramienta de discriminación contra el personal temporal, penalizando la precariedad que la propia Administración genera con su política de contratos.

“El SAS no puede exigir compromiso, objetivos y rendimiento a las enfermeras y fisioterapeutas eventuales y luego excluirlas de la productividad cuando han trabajado durante meses en el mismo centro. La Justicia deja claro que esta práctica es ilegal y discriminatoria”, ha señalado SATSE.

El Sindicato advierte de que esta resolución abre la puerta a miles de reclamaciones de enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas temporales en toda Andalucía que, pese a haber trabajado gran parte del año en el mismo centro, han sido excluidos del CRP por no cumplir el requisito artificial de los cuatro meses consecutivos en la misma unidad.

SATSE exigirá ahora al SAS que cese de inmediato esta práctica, modifique sus instrucciones internas y abone de oficio el complemento de productividad en su parte proporcional a todo el personal temporal que haya prestado servicios efectivos y haya contribuido a los objetivos de su centro, sin más discriminación que el tipo de nombramiento.