Noticias
Desarrollo profesional
Autobaremo y presentación de méritos Primer Proceso 2026 de Carrera Profesional SAS para personal sanitario no asistencial
03.07.26 | Andalucía
El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía informa de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 3 de julio de 2026 la resolución por la que se establece el plazo y la forma de presentación del autobaremo y de la documentación acreditativa de los méritos de formación, docencia e investigación y/u otros correspondientes a las solicitudes de reconocimiento de nivel de carrera profesional presentadas en el primer proceso permanente del año 2026 para la promoción a los niveles III, IV y V de Carrera Profesional, por el personal estatutario sanitario de los grupos C1 y C2, personal de Gestión y Servicios de los grupos A1, A2, C1 y C2 y de las Agrupaciones Profesionales de Gestión y Servicios.
Dicha resolución se aplicará al personal sanitario de los grupos A1 y A2 que desempeñe puestos en unidades no asistenciales y que, en el ejercicio efectivo de sus funciones, no desarrollen actividad asistencial directa sino funciones de gestión, quedando excluido el personal que desempeñe puestos directivos y el personal con dispensa total para el ejercicio de funciones de representación sindical, para quienes la presentación del autobaremo y de la documentación acreditativa de méritos se regulará mediante resolución específica.
Presentación autobaremo
El plazo para la presentación del autobaremo y de la documentación acreditativa de los méritos será de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, es decir del 6 al 17 de julio de 2026.
La presentación del autobaremo y de la documentación acreditativa de méritos de formación, docencia e investigación y/u otros correspondientes al primer proceso permanente de carrera profesional del año 2026 se realizará a través de la Ventanilla Electrónica de Profesionales.
Para realizar dicha solicitud, la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
No se valorarán aquellos méritos que no hubieran sido acreditados, firmados y presentados electrónicamente en el sistema informático «curriculum digital» contenido en la VEC, ni aquellos cuyo periodo de realización sea posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de carrera profesional correspondiente al primer proceso permanente de 2026.
Los méritos alegados por las personas aspirantes en el plazo establecido en las bases específicas se encontrarán en alguno de estos dos estados:
- Mérito alegado y en fase de baremación.
- Mérito alegado y en reserva, al haber alcanzado la persona candidata la puntuación máxima contenida en su autobaremo.
Para ello, las personas solicitantes deberán proponer en cada apartado dos relaciones ordenadas de méritos. La primera relación contendrá aquellos méritos que solicitan sean baremados en primer lugar por la comisión de valoración de carrera profesional, hasta llegar a la máxima puntuación conforme al baremo aplicable en cada convocatoria. Dichos méritos se encontrarían en la primera fase («mérito alegado y en fase de baremación»).
La segunda relación contendrá, de forma ordenada, los méritos que solicitan sean baremados por la comisión de valoración de carrera profesional en caso de que algún mérito de la primera relación acuerde no baremarse por no cumplir con algún requisito exigido en la convocatoria o por el ejercicio de la discrecionalidad técnica que tiene atribuida.
En este supuesto, la comisión de valoración de carrera profesional incorporará de oficio a la primera relación cuantos méritos fueran precisos a efectos de completar la baremación del expediente de la persona solicitante hasta la puntuación máxima contenida en su autobaremo y nivel de carrera profesional al que opta. Los méritos contenidos en esta segunda relación se encontrarían en estado de «mérito alegado y en reserva», pendientes de baremación en caso de ser necesario.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Plazo presentación autobaremo
El plazo para la presentación del autobaremo y de la documentación acreditativa de los méritos será de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en BOJA, es decir del 6 al 17 de julio de 2026, y deberá realizarse a través de la VEC.
Te puede interesar